EL DOCUMENTO DE LIQUIDACIÓN Y FINIQUITO

El documento de liquidación y finiquito es aquel que se firma entre el empresario y el trabajador al finalizar la relación laboral. Este documento tiene dos efectos principales: extintivo y liquidatorio. Es importante destacar que el finiquito no puede suponer una renuncia a derechos declarados indisponibles para el trabajador. Además, el documento debe contener elementos como el salario de los días trabajados y no cobrados, pagas extra y horas extraordinarias pendientes de pago, el importe total correspondiente a vacaciones no disfrutadas y otros conceptos no pagados.

En resumen, el finiquito es un documento que declara concluida la relación laboral y liquida las deudas y obligaciones pendientes entre el empresario y el trabajador.

  1. Concepto de finiquito
  2. Contenido del finiquito
  3. Documento liquidatorio
  4. Eficacia liberatoria del finiquito
  5. Plazo para reclamar el «saldo y finiquito»

1.- Concepto de finiquito

El concepto de finiquito no aparece en las normas a pesar de que se utiliza con gran frecuencia en el seno de las relaciones laborales. El Diccionario de la Real Academia Española lo define como «remate de cuentas o certificación que se da para constancia de que están ajustadas y satisfecho el alcance que resulta de ellas».

El finiquito es un documento, no sujeto a forma ad solemnitatem, que incorpora una declaración de voluntad del trabajador expresiva de su conformidad a la extinción de la relación laboral y de que mediante el percibo de la «cantidad saldada» no tiene ninguna reclamación pendiente frente al empleador».

Tradicionalmente el finiquito era el modo por el que quedaba formalizada la finalización de la relación laboral, por mutuo acuerdo.

Más adelante también se incluyó en esta figura la extinción del contrato debida a baja voluntaria del trabajador o a dimisión expresamente aceptada por el empresario.

Actualmente el término se ha ampliado comprendiendo cualquier forma de extinción de la relación laboral que va seguida de un acuerdo entre empresario y trabajador. Es frecuente encontrar situaciones en las que, tras un despido disciplinario, empresario y trabajador llegan a un acuerdo y lo reflejan en el pertinente finiquito, entendiéndose por la jurisprudencia que a la inicial voluntad extintiva del empresario se superpone el mutuo acuerdo entre empresario y trabajador y es éste el que pone fin al contrato.

2.- Contenido del finiquito

En el documento de finiquito se pueden distinguir dos aspectos claramente diferenciados, el extintivo y el liquidatorio.

El finiquito comprende:

  • La declaración de que el contrato ha quedado extinguido por mutuo acuerdo del trabajador y empresario.
  • El saldo de cuentas que es, al propio tiempo, recibo de cantidad y declaración adicional de que las partes nada se deben entre sí tras él como consecuencia del contrato. La declaración debe ser expresa, aunque el recibo corresponda a la última parte del salario.

3.- Documento liquidatorio

El segundo aspecto que, aunque no necesario, suele contenerse en el finiquito, es la liquidación (se suele hacer referencia en el documento a «saldo y finiquito») de las cantidades pendientes de abono, como consecuencia de la relación laboral.

Dicha liquidación puede contener conceptos laborales netamente salariales, o incluso de índole extralaboral.

4.- Eficacia liberatoria del finiquito

El finiquito puede servir de recibo acreditativo de que se ha abonado efectivamente la cantidad en él consignada, por lo que suele contener expresiones como «en prueba de recibirlo firma…», «recibí» «no teniendo nada más que pedir ni reclamar».

Por lo tanto, en el momento en el que la empresa nos haga entrega del documento de saldo y finiquito, dichas cantidades deben de ser las correctas y abonadas en ese mismo momento.

¡¡¡MUY IMPORTANTE!!! Si en el momento que nos entregan el documento de liquidación y finiquito consideramos que las cantidades no son correctas o dichas cantidades no se han abonado, debemos de incluir siempre en dicho documento, “No conforme”, “fecha real” y, además, las palabras “pendiente de cobrar” o “aún no cobrado” o palabras similares haciendo referencia a que el empresario aún no nos ha entregado dicho finiquito y una copia para ti de esos documentos, si no hay copia,

¡¡¡NO FIRMES!!!

5.- Plazo para reclamar el «saldo y finiquito»

Dispone del plazo de un año, a contar desde la fecha de entrega del documento de liquidación y finiquito, para reclamar las cantidades pendientes de abonar por la empresa.

No hay que confundir documento liquidatorio y despido, puesto que debemos de tener en cuenta que el plazo para impugnar el despido es de 20 días hábiles siguientes de aquel en que se hubiera producido, sin computar sábado, domingo ni festivos.

Tanto en un caso como en el otro hay que presentar papeleta de conciliación ante el órgano público de mediación, arbitraje y conciliación de la comunidad autónoma donde radique el domicilio del trabajador o lugar de prestación de servicios.

Puedes presentar la papeleta de conciliación por ti mismo o requerir asesoramiento de un graduado social o abogado laboralista.

En GARAL SERVICIOS JURÍDICOS somos especialistas en derecho laboral.

  • AMPLIACIÓN DEL PERMISO POR NACIMIENTO Y CUIDADO DEL MENOR EN 2025: TODO LO QUE DEBES SABER TRAS LA APROBACIÓN DEL REAL DECRETO-LEY 9/2025
    El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, que modifica el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley General de la Seguridad Social para completar la transposición de la Directiva Europea 2019/1158. Esta norma amplía y mejora el permiso por nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores, y refuerza el derecho a la conciliación familiar. En Garal Servicios Jurídicos, despacho especializado en Derecho Laboral en Jerez de la Frontera, […]
  • PERMISOS RETRIBUIDOS SEGÚN EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES: GUÍA ACTUALIZADA PARA ENTENDER TUS DERECHOS LABORALES
    Muchos trabajadores no conocen que el Estatuto de los Trabajadores reconoce una serie de permisos retribuidos que te permiten ausentarte legalmente del trabajo sin perder salario, por motivos como una operación médica de un familiar, un fallecimiento, un nacimiento o incluso por mudanza. En GARAL Servicios Jurídicos, como expertos en Derecho Laboral, te explicamos de forma clara y actualizada qué permisos te corresponden, cuánto duran, cuándo puedes solicitarlos y qué hacer si la empresa los deniega. No dejes pasar la […]
  • MOVILIDAD GEOGRÁFICA
    En el dinámico entorno laboral actual, la movilidad geográfica se ha convertido en una herramienta clave para las empresas que necesitan adaptarse rápidamente a cambios productivos, organizativos o económicos. Pero, ¿qué derechos tienen los trabajadores cuando su empresa decide trasladarlos a otra ciudad, provincia o comunidad autónoma? Para eso está el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores (ET). ÍNDICE 1.- Concepto de movilidad geográfica La movilidad geográfica es una facultad empresarial, regulada en el artículo 40 del Estatuto de […]
  • ACCIDENTE AL IR O AL VOLVER DEL LUGAR DE TRABAJO
    El accidente in itinere es aquel que sufre el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo. Para que se considere como accidente laboral, debe cumplir ciertos requisitos: ocurrir en el trayecto habitual y normal entre el domicilio y el lugar de trabajo, sin desviaciones significativas, y utilizando un medio de transporte adecuado. Este tipo de accidente está regulado por el artículo 156 del Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social, que establece que se considerarán accidentes […]
  • El PERMISO DE LACTANCIA
    El permiso de lactancia está regulado en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores. Este permiso se concede a las personas trabajadoras, tanto hombres como mujeres, en los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento de un menor. El permiso de lactancia implica la ausencia del trabajo para satisfacer obligaciones familiares que competen a los progenitores con independencia del sexo y no puede ser compensado, limitado, condicionado o reducido por la protección que el ordenamiento […]

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *